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Por Mario Guarda , 19 de junio de 2020

Docentes valdivianos ganaron millonaria demanda contra la Municipalidad

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Corte Suprema ordenó a municipio valdiviano cancelar $450 millones de deuda por no pago de Bono Proporcional, a docentes del Colegio de Profesoras y Profesores de Chile.

A través de una declaración pública el Colegio de Profesoras y Profesores de Chile, de la comuna de Valdivia, comunicaron su triunfo inapelable en la Corte Suprema, de la demanda instaurada contra la Municipalidad de Valdivia, que la obliga a cancelar Bono Proporcional impago a los docentes.

Dicha demanda fue presentada en el año 2017, y en diciembre del 2018 la Corte Suprema reconoció el derecho de los docentes y sentenció a la Ilustre Municipalidad de Valdivia, representada por el Alcalde Omar Sabat, a pagar a 212 profesoras y profesores de establecimientos educacionales municipales, los montos actualizados con sus respectivos reajustes e intereses.

Recién el 28 de mayo del 2020, la abogada que representa al alcalde Sabat, procedió a la entrega material del cheque nominativo al abogado de la causa de los docentes, por la totalidad del crédito adeudado.

En total, fueron más de $450 millones de Bono Proporcional que se deben repartir entre 212 profesores y profesoras, que laboran en 25 establecimientos educacionales de Valdivia, y que se encuentran adscritos al Colegio de Profesoras y Profesores de Chile.

PROCESO DE 4 AÑOS

En el año 2016 se había presentado la primera acción judicial en el Tribunal Laboral de Valdivia, la que se perdió, para posteriormente acudir a la Corte de Apelaciones, donde también el fallo fue adverso a los docentes. 

Finalmente se recurrió a la Corte Suprema, la que concedió la razón a los profesores, y acogió el pago de dos años de deuda, desde el 2015 al 2017.

El mencionado Bono Proporcional se contempla en la Ley 19.933, que otorga un mejoramiento especial a los profesionales de la educación, y señala que los recursos que obtengan los sostenedores de los establecimientos educacionales del sector municipal por concepto de aumento de subvención o de aporte en su caso, serán destinados exclusivamente al pago de remuneraciones docentes.

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