Avisos legales
Fecha: 27 de octubre de 2020
Notificación Demanda Cuidado Personal y Alimentos
Traslado demanda alimentos causa RIT: C-206-2019, caratulada “JARAMILLO/HUIETRA”
Juzgado de Letras Familia Paillaco, causa RIT: C-206-2019, caratulada
“JARAMILLO/HUIETRA”, demanda de fecha 30 de diciembre 2019, sobre aumento
alimentos interpuesta por doña ANA LUCRECIA JARAMILLO GONZALEZ, RUT
18.843.845-8, a favor de su hijo F.A.H.J., en contra de don MARIO ANTONIO HUEITRA
PINUER, RUT 15.728.740-0. La demandante, en lo principal, interpone demanda de aumento
de alimentos, solicita acogerla y en definitiva declarar se condene al demandado a pagar
pensión alimenticia mensual de $100.000 o la suma que el tribunal determine; 2 de enero
2020, tribunal resuelve: A lo principal: Por interpuesta demanda de alimentos, aumento en
contra de MARIO ANTONIO HUEITRA PINUER. Traslado. Cita audiencia preparatoria de juicio
día 2 de marzo de 2020, a las 12:30 horas bajo apercibimiento del Art. 59 inciso 3º Ley
19.968.- se designa al demandado, conforme dispuesto artículo 18 Ley de Familia, a
don Rodrigo Cortés Oyarzún Abogado doble patrocinio Corporación de Asistencia Judicial
de Paillaco, calle Arturo Prat N° 908, 2° Piso Paillaco. Demandado, atento a lo
dispuesto en el Art. 58, deberá contestar la demanda por escrito, con al menos cinco
días de anticipación fecha de realización audiencia preparatoria. Toda documentación
demandado deberá acompañar a audiencia. Al primer otrosí, Tribunal resuelve:
potestad cautelar Ley 19.968 y, teniendo presente lo dispuesto Art. 4, de la Ley
14.908, se fija aumentos provisorios de los alimentos, $80.000 mensuales, a pagar
mediante depósito en la cuenta de ahorro que la actora posee al efecto y que es de
conocimiento del demandado, a pagar en los mismos términos que se pagan
actualmente los alimentos, vigentes, a contar de la notificación de la demanda.
Demandado plazo de cinco días para oponerse monto provisorio decretado, luego de
ser notificado. Resolución del Tribunal de 25 de septiembre de 2020. Atento al tiempo
de inactividad de la parte demandante, y lo dispuesto el art. 13 y 59 de la ley 19.968,
de oficio, se cita a las partes a una audiencia preparatoria de juicio, para el día 2 de
noviembre de 2020 a las 12:00 horas a través de la plataforma Zoom, notifíquese
demandado mediante 3 publicaciones distintas en diarios de circulación local
electrónico y 1 en Diario Oficial. J. David Muñoz Rosas, Jefe de Unidad titular.
“JARAMILLO/HUIETRA”, demanda de fecha 30 de diciembre 2019, sobre aumento
alimentos interpuesta por doña ANA LUCRECIA JARAMILLO GONZALEZ, RUT
18.843.845-8, a favor de su hijo F.A.H.J., en contra de don MARIO ANTONIO HUEITRA
PINUER, RUT 15.728.740-0. La demandante, en lo principal, interpone demanda de aumento
de alimentos, solicita acogerla y en definitiva declarar se condene al demandado a pagar
pensión alimenticia mensual de $100.000 o la suma que el tribunal determine; 2 de enero
2020, tribunal resuelve: A lo principal: Por interpuesta demanda de alimentos, aumento en
contra de MARIO ANTONIO HUEITRA PINUER. Traslado. Cita audiencia preparatoria de juicio
día 2 de marzo de 2020, a las 12:30 horas bajo apercibimiento del Art. 59 inciso 3º Ley
19.968.- se designa al demandado, conforme dispuesto artículo 18 Ley de Familia, a
don Rodrigo Cortés Oyarzún Abogado doble patrocinio Corporación de Asistencia Judicial
de Paillaco, calle Arturo Prat N° 908, 2° Piso Paillaco. Demandado, atento a lo
dispuesto en el Art. 58, deberá contestar la demanda por escrito, con al menos cinco
días de anticipación fecha de realización audiencia preparatoria. Toda documentación
demandado deberá acompañar a audiencia. Al primer otrosí, Tribunal resuelve:
potestad cautelar Ley 19.968 y, teniendo presente lo dispuesto Art. 4, de la Ley
14.908, se fija aumentos provisorios de los alimentos, $80.000 mensuales, a pagar
mediante depósito en la cuenta de ahorro que la actora posee al efecto y que es de
conocimiento del demandado, a pagar en los mismos términos que se pagan
actualmente los alimentos, vigentes, a contar de la notificación de la demanda.
Demandado plazo de cinco días para oponerse monto provisorio decretado, luego de
ser notificado. Resolución del Tribunal de 25 de septiembre de 2020. Atento al tiempo
de inactividad de la parte demandante, y lo dispuesto el art. 13 y 59 de la ley 19.968,
de oficio, se cita a las partes a una audiencia preparatoria de juicio, para el día 2 de
noviembre de 2020 a las 12:00 horas a través de la plataforma Zoom, notifíquese
demandado mediante 3 publicaciones distintas en diarios de circulación local
electrónico y 1 en Diario Oficial. J. David Muñoz Rosas, Jefe de Unidad titular.
Enlace de este aviso: http://www.diariopaillaco.cl/legales/traslado-demanda-alimentos-causa-rit-c-206-2019-caratulada-jaramillo-huietra/1143/2020-10-27
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